1 La Constitución Política de la República, establece en su artículo 85) que es
obligación del Estado mantener para el Sistema Universitario Público, un fondo
especial para el Financiamiento de la Educación Superior Estatal (FEES) sin que
este fondo pueda ser abolido ni disminuido, si no se crean otras fuentes
financieras mejores que las sustituyan.
2 Bajo esa primicia constitucional, las instituciones de educación superior
universitaria, sometieron al Estado costarricense un plan de financiamiento el
cual fue técnicamente elaborado tomando en consideración las necesidades
presupuestarias de las instituciones de educación superior.
3 La Rectoría de la Universidad de Costa Rica, acogiendo lo acordado por el
Consejo Universitario en su sesión ordinaria 5450, del jueves 3 de junio de 2010,
en el marco de la defensa del FEES, declaró para activo a partir del 11 de agosto
del año en curso, a efectos de que la Comunidad Universitaria dentro del diálogo,
el respeto y la tolerancia, organizara y facilitara la realización de espacios de
reflexión y análisis en torno al tema.
4 En las primeras horas del día 26 de agosto, los Ministros representantes del
Gobierno de la República y los y las Rectoras de las cuatro Universidades
Públicas, luego de extensas e intensas negociaciones, llegaron a un acuerdo
satisfactorio para ambas partes, en el que se tomó en consideración la situación
económica actual de nuestro país, logrando consensuar un presupuesto justo y
equilibrado que le permite al Sistema Universitario Público seguir trabajando y
creciendo a efectos de continuar cumpliendo con el mandato constitucional.
POR TANTO:En razón de lo indicado en los considerandos anteriores se dispone:
1 Levantar la declaratoria de paro activo dictada por esta Rectoría mediante
resolución R-4831-2010.
2 Solicitar a los funcionarios y funcionarias docentes y administrativos, así como al
estudiantado reincorporarse a sus funciones laborales y académicas ordinarias.
3 Continuar con todas las actividades evaluativas (exámenes, quices, laboratorios,
giras, exposiciones y otras) a partir del lunes 30 de agosto de 2010. Los
profesores y profesoras deberán reprogramar las actividades evaluativas que
hayan sido suspendidas, durante los días en que operó el paro activo.
4 Agradecer a la comunidad universitaria el apoyo irrestricto brindado a las
autoridades del CONARE en este largo pero fructífero proceso de negociación.
5 Comuníquese la presente resolución a toda la Comunidad Universitaria.
obligación del Estado mantener para el Sistema Universitario Público, un fondo
especial para el Financiamiento de la Educación Superior Estatal (FEES) sin que
este fondo pueda ser abolido ni disminuido, si no se crean otras fuentes
financieras mejores que las sustituyan.
2 Bajo esa primicia constitucional, las instituciones de educación superior
universitaria, sometieron al Estado costarricense un plan de financiamiento el
cual fue técnicamente elaborado tomando en consideración las necesidades
presupuestarias de las instituciones de educación superior.
3 La Rectoría de la Universidad de Costa Rica, acogiendo lo acordado por el
Consejo Universitario en su sesión ordinaria 5450, del jueves 3 de junio de 2010,
en el marco de la defensa del FEES, declaró para activo a partir del 11 de agosto
del año en curso, a efectos de que la Comunidad Universitaria dentro del diálogo,
el respeto y la tolerancia, organizara y facilitara la realización de espacios de
reflexión y análisis en torno al tema.
4 En las primeras horas del día 26 de agosto, los Ministros representantes del
Gobierno de la República y los y las Rectoras de las cuatro Universidades
Públicas, luego de extensas e intensas negociaciones, llegaron a un acuerdo
satisfactorio para ambas partes, en el que se tomó en consideración la situación
económica actual de nuestro país, logrando consensuar un presupuesto justo y
equilibrado que le permite al Sistema Universitario Público seguir trabajando y
creciendo a efectos de continuar cumpliendo con el mandato constitucional.
POR TANTO:En razón de lo indicado en los considerandos anteriores se dispone:
1 Levantar la declaratoria de paro activo dictada por esta Rectoría mediante
resolución R-4831-2010.
2 Solicitar a los funcionarios y funcionarias docentes y administrativos, así como al
estudiantado reincorporarse a sus funciones laborales y académicas ordinarias.
3 Continuar con todas las actividades evaluativas (exámenes, quices, laboratorios,
giras, exposiciones y otras) a partir del lunes 30 de agosto de 2010. Los
profesores y profesoras deberán reprogramar las actividades evaluativas que
hayan sido suspendidas, durante los días en que operó el paro activo.
4 Agradecer a la comunidad universitaria el apoyo irrestricto brindado a las
autoridades del CONARE en este largo pero fructífero proceso de negociación.
5 Comuníquese la presente resolución a toda la Comunidad Universitaria.
No hay comentarios:
Publicar un comentario